Ley 21.039
BUENOS AIRES, 11 de Septiembre de 1975
BOLETIN OFICIAL, 10 de Octubre de 1975
AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A
REALIZAR UNA RECUPERACION DE TIERRAS EN EL RIO DE LA PLATA
Artículo 1º — Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para realizar la recuperación de tierras en el Río de la Plata, en la zona adyacente a la ribera, dentro del triángulo formado por la línea de seiscientos ochenta metros de longitud, que partiendo desde el mojón «A» hacia el Noroeste, en un ángulo de 153° 52’00» al Oeste, con respecto a la línea longitudinal de la Avenida General Paz en su tramo adyacente entre los mojones «A» y «B» y una línea perpendicular a la anterior de trescientos cuarenta y cinco metros de longitud, coincidente con la obra de margen, aprobado en el expediente P/A 36/24/59 de la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas, completándose el referido triángulo con una línea de setecientos ochenta metros de longitud, que cierra nuevamente el mojón «A».
Artículo 2º — Los terrenos obtenidos en virtud de la recuperación de tierras indicadas en el artículo 1º integrarán el territorio de la ciudad de Buenos Aires y quedarán incorporados al dominio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2º — Los terrenos obtenidos en virtud de la recuperación de tierras indicadas en el artículo 1º integrarán el territorio de la ciudad de Buenos Aires y quedarán incorporados al dominio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2º — Los terrenos obtenidos en virtud de la recuperación de tierras indicadas en el artículo 1º integrarán el territorio de la ciudad de Buenos Aires y quedarán incorporados al dominio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.