Ley 20.725
BUENOS AIRES, 21 de Agosto de 1974
BOLETIN OFICIAL, 25 de Septiembre de 1974
BIENES DEL ESTADO-TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO A LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES DOMINIO DE LA CALLE DE
RIBERA DE LA MARGEN IZQUIERDA DEL RIACHUELO
Artículo 1º — Transfiérese, a título gratuito, a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el dominio de la calle de ribera de la margen izquierda del Riachuelo, propiedad del Estado nacional argentino, en el tramo comprendido entre costado Noroeste del puente Teniente General José Félix Uriburu y el límite Nordeste de la zona de acceso al puente La Noria, cuya longitud total es de seis mil quinientos setenta y cinco metros (6.575 m), con un ancho de treinta y cinco metros (35 m) en una extensión de mil doscientos ochenta metros (1.280 m), y en el resto, o sea cinco mil doscientos noventa y cinco metros (5.295 m), con un ancho de veinte metros (20 m), con una superficie de ciento cincuenta mil setecientos metros cuadrados (150.700 m2), de acuerdo con lo especificado en la copia parcial del plano 1.163.
Artículo 2º — La transferencia se hará con cargo de que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires se obligue al mantenimiento y cumplimiento de las ordenanzas municipales de la referida vía de comunicación.
Artículo 2º — La transferencia se hará con cargo de que la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires se obligue al mantenimiento y cumplimiento de las ordenanzas municipales de la referida vía de comunicación.