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Mural. Avda. Figueroa Alcorta y Tagle. Bien integral. Declaración

Numero: 5150
Fecha: 2014
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires (PCCABA), en la categoría Colecciones y Objetos, según los términos del artículo 4, inc. «h» de la Ley N° 1.227, al mural emplazado en la Avenida Figueroa Alcorta y Tagle obra de Carlos Páez Vilaro.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.150

Sanción: 20/11/2014

Promulgación: Decreto Nº 520 del 23/12/2014

Publicación: BOCBA N° 4558 del 14/01/2015

Descriptores

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      • Espectáculos públicos (CyU)
    • Cultura y Patrimonio
      • Patrimonio cultural
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  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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