Buenos Aires, 18 de septiembre de 2003
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Institúyase como «Día del Barrio de Villa Ortúzar» el 26 de abril de cada año, en conmemoración de la fecha en que Santiago Francisco de Ortúzar compró los terrenos del actual barrio.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.065
Sanción: 18/09/2003
Promulgación: De Hecho del 10/10/2003
Publicación: BOCBA N° 1799 del 20/10/2003