Las Leyes Nros. 451 y 4811, el Expediente N° 2014-2321582-MGEYA-SSJUS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 451 se aprobó el Régimen de Faltas de la Ciudad
de Buenos Aires, que tiene por objeto sancionar las infracciones a las normas de
la Ciudad de Buenos Aires, que se cometan en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, o cuyos efectos se produzcan o deban producirse en esta,
destinadas a reglamentar, en ejercicio de las facultades ordenatorias atribuidas por la
Constitución al Gobierno de la Ciudad, el desenvolvimiento de actividades comerciales, y
todas las que están sujetas al poder de policía de la Ciudad, así como las infracciones
a las normas dictadas como consecuencia del ejercicio de las facultades
ordenatorias delegadas por la legislación nacional en el Gobierno de la Ciudad como
autoridad local de aplicación
N° 4811,
abonar a la
tendrán
el
semestrales;
Que a efectos de la determinación del valor de la Unidad Fija en la forma que
ordena la norma citada en el considerando precedente, resulta oportuno establecer
el procedimiento que a tales fines deberá seguir la Subsecretaría de Justicia
del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los
artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- El valor de la Unidad Fija (UF) previsto por el artículo 19 de
la Ley N° 451 será fijado semestralmente por la Subsecretaría de Justicia, dependiente del
Ministerio de Justicia y Seguridad, previa solicitud al Automóvil Club Argentino, Sede
Central, a fin que esa entidad informe el precio de venta al público en moneda de curso
legal equivalente a medio litro de nafta de mayor octanaje.
La Resolución que determine el valor de la Unidad Fija entrará en vigor a
partir del quinto día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires.
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de
Justicia y Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Justicia
del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.
MACRI
Montenegro Rodríguez Larreta