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Utilidad pública. Déjase sin efecto. Avda. San Juan entre Tacuari y Piedras. Nomenclatura Catastral.

Numero: 4568
Fecha: 2013
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 13 de junio de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la declaración de utilidad pública de los siguientes predios, ubicados en Av. San Juan, entre las calles Tacuarí y Piedras, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya Dirección y nomenclatura Catastral se detalla:

DIRECCIÓN CIRC. SECCIÓN MANZ. PARCELA
Av. San Juan 818 12 4 2 3a
Av. San Juan 824/830 12 4 2 4 a /5 a
Av. San Juan 844 12 4 2 6c
Av. San Juan 848 12 4 2 6f
Av. San Juan 850 12 4 2 7a
Av. San Juan 860 12 4 2 8a
Av. San Juan 864/866 12 4 2 9a
Av. San Juan868 12 4 2 10a

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.568

Sanción: 13/06/2013

Promulgación: De Hecho del 15/07/2013

Publicación: BOCBA N° 4205 del 31/07/2013

Descriptores

  • Derechos
    • Inmuebles
      • Utilidad pública (Inm)
    • DLDC
      • Articulo80
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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