Buenos Aires, 31 de marzo de 2011.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Modifícase la Cláusula Transitoria Segunda de la Ley Nº 3.343, la que quedará redactada de la siguiente manera:
«La Mesa de Gestión y Planeamiento Multidisciplinaria y Participativa creada por el artículo 5º de la presente norma deberá constituirse en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles de la publicación de la presente y finalizar la elaboración de la propuesta de urbanización y radicación del barrio antes del día 31/05/2011».
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.759
Sanción: 31/03/2011
Promulgación: De Hecho del 25/04/2011
Publicación: BOCBA N° 3664 del 16/05/2011