LEY N° 1.670
Sanción: 21/04/2005
Promulgación: Decreto Nº 678 del 16/05/2005
Publicación: BOCBA N° 2197 del 24/05/2005
Buenos Aires, 21 de abril de 2005
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Rectificase el enunciado del artículo 1° de la Ley N° 1.626, entendiéndose que donde dice «artículo 115 de la Ley Tarifaria para el Ejercicio 2005» debe decir «artículo 114 de la Ley Tarifaria para el Ejercicio 2005».
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY