Tarifaria 1997. Modificación.-4639

Numero: 52269
Fecha: 1997
Clase: Ordenanza
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

ORDENANZA Nº 52269/97

Publicada en BOCBA 376 del 03/02/1998

                                                                  

                                                                Buenos Aires, 19 de noviembre de 1997

 

                                             EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° – Reemplazase el Artículo 84 de la ordenanza N° 51.269 Ordenanza Tarifaria para 1997-, con vigencia a partir del 1° de Enero de 1997, por el siguiente:

Fíjense los siguientes valores a los que se refiere el artículo 86 de la ordenanza Fiscal:

Monto de las liquidaciones o las diferencias que surjan por reajustes por cada impuesto, tasa, contribución (incluidos actualización, recargos, multas o intereses) considerados por cada una de las cuotas de los impuestos empadronados……………………………….$ 6,00.

Tratándose del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, considerando a cada uno de los anticipos ………………..$ 11,00

Promoviéndose acción judicial, dichos montos mínimos serán de $ 300,00 y $ 1.200,00 respectivamente, salvo en los casos de quiebras o en que deban practicarse notificaciones e intimaciones en distinta jurisdicción en los que el monto mínimo se fija en $ 1.800,00.

Art. 2° – Comuníquese, etcétera.