Buenos Aires, 06 de agosto de 2015
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Declárase al Tala (Celtis ehrenbergiana antes conocido como Celtis tala y también como ivirá guasú o yuasí –), «Especie representativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» por su carácter autóctono y valor histórico.
Artículo 2°.- En virtud del Artículo 1° de la presente, se establece la obligación de preservar los ejemplares existentes, la prioridad de plantar ejemplares en plazas, parques y áreas parquizadas públicas y la prohibición de podarlos o extraerlos, en concordancia con la Ley 3263. Asimismo, queda establecida su difusión en el ámbito educativo.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.337
Sanción: 06/08/2015
Promulgación: De Hecho del 01/09/2015
Publicación: BOCBA N° 4722 del 15/09/2015