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Tala (Celtis ehrenbergiana antes conocido como Celtis tala y también ivirá o yuasí). Declarase valor histórico

Numero: 5337
Fecha: 2015
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 06 de agosto de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Declárase al Tala (Celtis ehrenbergiana antes conocido como Celtis tala y también como ivirá guasú o yuasí –), «Especie representativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» por su carácter autóctono y valor histórico.

Artículo 2°.- En virtud del Artículo 1° de la presente, se establece la obligación de preservar los ejemplares existentes, la prioridad de plantar ejemplares en plazas, parques y áreas parquizadas públicas y la prohibición de podarlos o extraerlos, en concordancia con la Ley 3263. Asimismo, queda establecida su difusión en el ámbito educativo.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.337

Sanción: 06/08/2015

Promulgación: De Hecho del 01/09/2015

Publicación: BOCBA N° 4722 del 15/09/2015

Descriptores

  • Derechos
    • Cultura y Patrimonio
      • Valor histórico
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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