Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1° de la
Ley 317 por el siguiente:
“Autorízase al Poder Ejecutivo a construir las obras civiles
correspondientes a la denominada Línea “H“ de subterráneos, que en su desarrollo
pleno vincula a la Estación Sáenz con la Estación Retiro, a través de la traza
que forma parte de esta Ley como Anexo I“.
Artículo 2°.- Sustitúyese el artículo 2° de la
Ley 317 por el siguiente:
Las obras comenzarán por el tramo que vincula a la Estación
Hospitales con la Estación Once y deberán continuar con el tramo Hospitales —
Estación Sáenz hasta su culminación.
Artículo 3°.- Sustitúyese el punto II del
Anexo I de la Ley 317 por el siguiente:
“II CONCEPTOS GENERALES DE LA LÍNEA ´H´ DE
SUBTERRANEOS
Dentro del Plan de Expansión de la red de subterráneos se
destaca la realización de la Línea “H“ cuyo trazado completo se extiende desde
el barrio de Nueva Pompeya hasta la estación Retiro, donde empalma con la
Estación Retiro de la Línea C, constituyendo una única línea C-H permitiendo la
circulación de trenes en servicio desde la Estación Constitución de la línea C
hasta la Estación Sáenz de la línea H. En lo sucesivo al referirse a la “línea
H“ se hará referencia al tramo de la línea C-H comprendido entre Estación Sáenz
y Estación Retiro (estación actual de la línea C).
El trazado total de la
Línea H sigue la Av. Sáenz, Av. Almafuerte, Patagones, Av. Jujuy, Av.
Pueyrredón, Av. Ramón Castillo, Carlos H. Perette, Av. Antártida Argentina, Av.
Ramos Mejía, y tiene una longitud aproximada de TRECE (13) kilómetros, con
dieciséis (16) estaciones, incluida la actual Estación Retiro de la línea C. En
los extremos de la Línea H se ubican la Estación terminal Sáenz y la Estación
Retiro de la línea C, siendo las Estaciones intermedias Hospitales, Parque
Patricios, Caseros, Inclán, Humberto I, Venezuela, Once, Corrientes, Córdoba,
Santa Fe, Las Heras, Facultad de Derecho, Padre Mujica y Terminal de
Ómnibus.
Hacia el sur, deberá preverse que a partir de la Estación Sáenz la
línea sea prolongada por la Av. Perito Moreno hasta el cruce con Av. Fernández
de la Cruz en cuyas inmediaciones se dispondrá la estación Fernandez de la Cruz.
Esta estación deberá recoger en su diseño de vías y andenes las posibilidades de
prolongación ulterior. Se identifican como funciones relevantes a
ponderar:
I. la vinculación con la Terminal de Ómnibus Dellepiane;
II. la
combinación con el Premetro y
III. en relación a la vinculación con los
partidos colindantes del Sur, la combinación con el FC Roca en estación
Lanús.
Subterráneos de Buenos Aires SE podrá emplear ramales de la línea H
para satisfacer estas funciones.
Durante la construcción se deberá realizar
la reubicación de interferencias, tales como cañerías principales pluviales y
cloacales, de desagües, cables de suministro de energía eléctrica, conductos de
agua corriente (entre ellos el conducto de cinco metros de diámetro que se
prolonga debajo de la calle Arenales y que provee agua a ciudades del
conurbano), tendidos de cables telefónicos, etc.
El trazado subterráneo se
proyecta en túnel de vía doble o dos túneles de vía simple, según la
conveniencia constructiva, agregando vías de enlace con otras líneas con fines
de mantenimiento de los trenes y la infraestructura. El trazado se desarrolla en
su mayor parte por debajo de áreas públicas -avenidas y parques- afectando en
escasa superficie subsuelos de propiedad privada. Se han previsto para las
estaciones y los túneles métodos constructivos que producen una mínima
afectación de calzadas y veredas, evitando cortes prolongados del tránsito
vehicular y molestias a los vecinos.
Para el trazado de las vías se eligieron
radios de curva mínimos de doscientos (200) metros y pendientes de hasta un
cuarenta por mil (40 0/00).
Sólo excepcionalmente se reducen y superan estos
valores respectivamente, en puntos singulares con fuertes
condicionantes.
Artículo 4°.- Sustitúyese el punto IV del
Anexo I de la Ley 317 por el siguiente:
“IV. TRAZADO
La importancia de esta Línea se manifiesta en
cuatro aspectos fundamentales. En primer lugar, la Línea H es la primera que une
el Norte con el Sur de la Ciudad de Buenos Aires proveyendo cobertura a uno de
los principales ejes del macrocentro y límite oeste del Área Central constituido
por las avenidas Pueyrredón y Jujuy donde se desarrollan una gran cantidad de
actividades.
En segundo lugar, la Línea H ampliará la cobertura al Área
Multimodal Retiro Puerto Nuevo a través de las Estaciones Facultad de Derecho,
Padre Mujica y Terminal de Ómnibus.
En tercer lugar, cuenta con un carácter
de transversal a las líneas radiales (actuales y futuras), que convergen al
microcentro, permitiendo al usuario mejores combinaciones y facilitando el
traslado entre distintos puntos de la ciudad.
Por último, además, cumple la
función de distribuir los viajes de los cuatro centros de transporte intermodal
(colectivos-subterráneos-ferrocarriles) más importantes de la Ciudad y que la
vinculan con el resto del Área Metropolitana: Estación Sáenz, Estación Once,
Estación Retiro, y Estación Constitución. A ellos se les agregará, un quinto y
nuevo centro de transporte intermodal en la Estación Facultad de Derecho que
complementará a Retiro, supeditado a la construcción de nuevas estaciones
ferroviarias, de forma tal que los viajes ferroviarios orientados hacia el
microcentro se canalizarán por la Estación Retiro y los viajes orientados hacia
el macrocentro lo harán por la Estación Facultad de Derecho.
El proyecto en
su totalidad (Sáenz – Retiro) prevé la interconexión con Ferrocarril Belgrano
Sur (Estación Sáenz), con la Línea “E“ (Estación Jujuy); con la Línea “A“ y el
Ferrocarril Sarmiento (Estación Once), con Línea “D“ (Estación Santa Fe); con la
Línea “B“ (Estación Pueyrredón), con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San
Martín (Estación Facultad de Derecho), y en Retiro el empalme con la Estación
Retiro de la Línea C y con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San Martín; y con
el Ferrocarril Roca (Estación Constitución). En el futuro conectará también con
las Líneas “F“ y “G“.
El trazado comienza en la Estación SAENZ, ubicada en
Av. Sáenz en su intersección con la Av. Perito Moreno, prosigue por Av.
Almafuerte hasta la Estación HOSPITALES, que se encuentra entre el Hospital
General de Agudos J. A. Penna y el Hospital Policial Churruca-Visca. Continúa el
recorrido por Parque Patricios, hasta llegar a la Estación PARQUE
PATRICIOS.
Continúa el recorrido por Patagones y luego Av. Jujuy hasta la
Estación CASEROS.
Prosigue el recorrido por Av. Jujuy, en la intersección de
dicha avenida y Av. Juan de Garay, se encuentra la Estación INCLAN. Continuando
por Av. Jujuy hasta Av. San Juan, donde se halla la Estación HUMBERTO I y donde
intersecta a la Línea “E“, comunicándose con Estación Jujuy de dicha Línea. De
allí sigue siempre por Av. Jujuy hasta cruzar a Av. Belgrano, donde se ubica la
Estación VENEZUELA.
Prosigue por Av. Jujuy hasta la Estación ONCE, donde
establece comunicación con estación Plaza Miserere de la Línea “A“ y la terminal
del Ferrocarril Sarmiento.
Continúa el recorrido por Av. Pueyrredón hasta Av.
Corrientes, enlazando a la Línea “B“ en la Estación Pueyrredón de ésta,
construyéndose allí la Estación CORRIENTES.
En el cruce de Av. Pueyrredón y
Av. Córdoba se encuentra la Estación CORDOBA, donde se comunicará con la futura
Línea “G“ que correrá por dicha avenida en forma longitudinal. De allí sigue por
Av. Pueyrredón hasta el cruce con Av. Santa Fe, encontrándose la Estación SANTA
FE, que se comunica con la Estación Pueyrredón de la Línea “D“. Siempre por Av.
Pueyrredón hasta el cruce con Av. Las Heras donde se ubica la Estación LAS
HERAS.
La Línea “H“ continúa hasta las inmediaciones de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde se encuentra la Estación
FACULTAD DE DERECHO, que a su vez establecerá comunicación peatonal con el
Ferrocarril Mitre, Ferrocarril Belgrano Norte y Ferrocarril San Martín, quedando
la citada comunicación supeditada a la construcción de nuevas estaciones
ferroviarias. El trazado cruza a desnivel las vías de los ferrocarriles antes
indicados y continúa hasta las inmediaciones del viejo edificio de correo
denominado “Movimiento del Correo“ donde se encuentra la Estación PADRE MUJICA
sobre el eje de la avenida Ramón Castillo.
Continúa hasta la Estación
TERMINAL DE ÓMNIBUS emplazada en las inmediaciones de la Terminal de Omnibus y
sobre el eje de la calle Carlos H. Perette, estableciéndose la conexión con la
Terminal de Ómnibus de Retiro.
La traza prosigue por el eje de la Av.
Antártida Argentina, Av. Ramos Mejía y empalme con las vías de la actual Línea C
en la Estación RETIRO, conexión con los Ferrocarriles Mitre, Belgrano y San
Martín.
Por lo tanto, en el recorrido total de la Línea “H“ se prevé la
construcción de dieciséis (16) estaciones con un recorrido total aproximado de
trece (13) kilómetros, integrándose operativamente con la línea C por la
circulación de trenes en servicio de una a otra línea, estableciendo combinación
con todas las líneas de la Red de Subterráneos existentes y planificadas,
uniendo importantes centros de transporte intermodal
(subterráneos-ferrocarril-colectivos) como son las Estaciones Sáenz, Once,
Retiro y Constitución, barrios de gran importancia como Recoleta, Barrio Norte,
Villa 31, Villa 31 bis, edificios públicos en el Área Multimodal Retiro Puerto
Nuevo y de Parque Patricios, Centro Municipal de Exposiciones, Museo Nacional de
Bellas Artes, Biblioteca Nacional; la futura Ciudad Judicial, Universidades, la
Terminal de Ómnibus e importantes plazas de la ciudad, como Parque Thays o
Parque Patricios. Se dispone la construcción e instalación de cocheras y
talleres con capacidad para cubrir las necesidades operativas de la línea
incluyendo el estacionamiento y mantenimiento de las formaciones.
En resumen,
se puede describir el trazado como sigue:
TRAMO |
Desde |
Hasta |
Longitud – Tramo (m) |
Cola de maniobras Est. Sáenz |
483,98 |
770,83 |
286,85 |
Est. Sáenz |
En el predio comprendido entre las calles Sáenz, Perito Moreno,
Las Palmas, Tabaré y vías del FC Belgrano |
Est. Sáenz – Est. Hospitales |
881,56 |
1.717,50 |
835,94 |
Est. Hospitales |
1717,50 |
1.848,05 |
130,554 |
Est. Hospitales – Est. Parque Patricios |
1.848,05 |
2.546,94 |
698,886 |
Est. Parque Patricios |
2.546,94 |
2.668,55 |
121,606 |
Est. Parque Patricios – Est. Caseros |
2.668,55 |
3.407,695 |
739,149 |
Est. Caseros |
3.407,70 |
3.519,448 |
111,753 |
Est. Caseros – Est. Inclán |
3.519,45 |
4.080,40 |
560,956 |
Est. Inclán |
4.080,40 |
4.206,30 |
125,9 |
Est. Inclán – Est. Humberto I |
4.206,30 |
4.791,75 |
585,446 |
Est. Humberto I |
4.791,75 |
4.919,75 |
128 |
Est. Humberto I – Est. Venezuela |
4.919,75 |
5.693,40 |
773,647 |
Est. Venezuela |
5.693,40 |
5.806,10 |
112,7 |
Est. Venezuela – Est. Once |
5.806,10 |
6.394,99 |
588,892 |
Est. Once |
6.394,99 |
6.506,189 |
111,2 |
Est. Once – Est. Corrientes |
6.506,19 |
6.973,407 |
467,218 |
Est. Corrientes |
6.973,41 |
7.108,625 |
135,218 |
Est. Corrientes – Est. Córdoba |
7.108,63 |
7.496,78 |
388,159 |
Est. Córdoba |
7.496,78 |
7.631,78 |
135 |
Est. Córdoba – Est. Santa Fe |
7.631,78 |
8.011,85 |
380,065 |
Est. Santa Fe |
8.011,85 |
8.146,85 |
135 |
Est. Santa Fe – Est. Las Heras |
8.146,85 |
8.914,43 |
767,58 |
Est. Las Heras |
8.914,43 |
9.049,43 |
135 |
Est. Las Heras – Est. Facultad de Derecho |
9.049,43 |
9.742,30 |
692,871 |
Est. Facultad de Derecho |
En el eje de la calle J.V. González, entre Av. F. Alcorta y vías
FFCC |
Est. Facultad de Derecho – Est. Padre Mujica |
9.949,96 |
|
|
Est. Padre Mujica |
En el eje de la avenida R. Castillo en las inmediaciones de su
cruce con calle 12. |
Est. Padre Mujica – Est. Terminal de Ómnibus |
|
|
|
Est. Terminal de Ómnibus |
En el eje de la calle Carlos Perette, entre Av. A. Argentina y
Calle 4. |
Est. Terminal de Ómnibus – Est. Retiro |
|
|
|
Est. Retiro |
De la línea C. |
El Poder Ejecutivo a través de Subterráneos de Buenos Aires
Sociedad del Estado debe establecer la información correspondiente a
“Progresiva“ y “Longitud de Tramo“ no incluida en el cuadro anterior y las
definiciones técnicas, estructurales y constructivas.
El tramo comprendido
entre la Estación Corrientes y la Estación Facultad de Derecho, debe ser
proyectado teniendo en cuenta necesidades futuras de integración con los
ferrocarriles y la combinación con futuras líneas de Subterráneos.
Para el
suministro eléctrico de toda la Línea “H“ se prevén seis (6) subusinas
eléctricas (Almafuerte, Humberto I, Miserere, Santa Fe, Alcorta y Retiro),
ubicadas en las cercanías de las estaciones homónimas.
La potencia total
instalada del sistema será de treinta y cinco mil Kilowatts (35.000 Kw), con una
superficie necesaria para la construcción de la obra civil, en cada uno de los
puntos citados, de cuatrocientos metros cuadrados (400 m2), en los cuales se
instalarán los equipos en una sola planta.“
Artículo 5°.- Reubícase la Estación Sáenz, la
que será la nueva cabecera sur de la Línea H de Subterráneos de Buenos Aires, en
su nuevo emplazamiento en la intersección de las Avenidas Sáenz y Perito
Moreno.
Artículo 6°.- Autorízase la continuación de la
Línea H de Subterráneos de Buenos Aires por la Av. Perito Moreno, llegando hasta
la Villa 1-11-14 con una estación a emplazar en las inmediaciones del cruce
entre Av. Perito Moreno y Av. Fernández de la Cruz, según los requerimientos
técnicos que surjan de su prolongación ulterior. Se identifican como funciones
relevantes a ponderar:
- la vinculación con la Terminal de Ómnibus Dellepiane;
- la combinación con el Premetro;
- en relación a la vinculación con los partidos colindantes del Sur, la
combinación con el FC Roca en estación Lanús.
Podrán emplearse ramales de la línea H para satisfacer estas
funciones, siendo el tronco común el de Sáenz a Retiro.
Artículo 7°.- Declárase de utilidad pública y
sujeto a expropiación el inmueble sito en la Avenida Sáenz 753, cuya
Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 1, Sección 38, Manzana 106, Parcela
016A. Dicho bien será afectado a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del
Estado, para la construcción de la estación intermodal Sáenz, tramo A1 de la
Línea H de la Red de Subterráneos.
Artículo 8°.- La determinación del precio del
bien sujeto a expropiación conforme lo dispuesto en el artículo 7° se hará de
acuerdo con la tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires, según lo establecido
por el artículo 10 de la Ley 238.
Artículo 9°.- Los comerciantes no propietarios
e inquilinos de vivienda única familiar del inmueble sujeto a expropiación
conforme el Art. 7° de la presente, serán alcanzados, en caso de corresponder,
por el régimen de ayuda económica previsto en el Art. 8° de la Ley 3948
modificada por la Ley 4381, conforme lo establecido en los Artículos 9°, 10° y
11° de la Ley 3948 con la modificación citada; debiendo iniciar el
correspondiente trámite de adhesión a partir de la efectiva expropiación del
inmueble.
Artículo 10.- Los bienes declarados de
utilidad pública y expropiados en virtud del artículo 2° de la Ley N° 3.948
podrán ser destinados por Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado a
otros usos para instalaciones auxiliares y complementarias del Sistema de
Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (SUBTE), talleres, almacenes, depósito de equipamiento,
sub-estaciones rectificadoras (SER), centros de potencia y/o cualquier otro
destino que sea necesario para la infraestructura y/o funcionamiento del
SUBTE.
Exceptúase de lo dispuesto en el primer párrafo del presente
artículo y en el artículo 3° de la Ley N° 3.948, al predio ubicado en Av. Sáenz
N° 760, denominación catastral: Circunscripción 2, Sección 34, Manzana 012B,
Parcela 008, el cual será afectado al Poder Ejecutivo para ser destinado a la
ejecución de diversas obras de infraestructura que tendrán por objeto la
creación de un Centro de Transbordo Intermodal que conectará la Estación Sáenz
del Ferrocarril Belgrano Sur, con la Línea H del SUBTE y las líneas del
Autotransporte Público de Pasajeros.
(Conforme texto Art. 1º de la Ley Nº 5.356, BOCBA
N° 4749 del 23/10/2015)
Artículo 11.- Los gastos que demande el
cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida presupuestaria de
Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado — Construcción de la Línea
H.
Artículo 12.- Deróganse los artículos 1° y 2°
de la Ley 4633.
Artículo 13.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.233
Sanción: 11/12/2014
Promulgación: Decreto Nº 031 del 14/01/2015
Publicación: BOCBA N° 4563 del 21/01/2015