Buenos Aires, 12 de septiembre de 2003
DECRETO N° 1.534
DECLÁRASE A LA SRA. ELZA SOARES «HUÉSPED DE HONOR DE LA C.A.B.A.»
Visto el Expediente N° 55.585/2003 y la Ley N° 578 (B.O.C.B.A. N° 1191).
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la declaración como Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Doña Elza Soares, con motivo de la visita que realizará a nuestro país, los días 12 y 13 de septiembre de 2003;
Que, Doña Elza Soares, nacida en Río de Janeiro, posee una amplia trayectoria en el ámbito musical, tanto Nacional como Internacional, recibiendo, por su voz ronca y su sutil sentido del ritmo, el titulo de «Reina del Samba».
Que, en 1960 grabó su primer disco, y dos años después representó a Brasil en la Copa del Mundo realizada en Chile, cosechando numerosos éxitos como «Bossa Negra», «Mulata Assanhada», «Sambou» y «Tenha Pena De Mim».
Que, la presencia de tan destacada personalidad constituye una singular oportunidad para testimoniarle el reconocimiento y homenaje por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° – Declárase «Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» a Doña Elza Soares.
Artículo 2°- El señor Jefe de Gobierno hará entrega, en la ceremonia oficial a realizarse el día 12 de septiembre de 2003, a las 12 hs. en la Embajada de Brasil, de la Medalla de la Ciudad y del Diploma respectivo, con la mención conferida en el artículo precedente.
Artículo 3°- Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4° – El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 5°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Legislatura de la Ciudad por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Relaciones Internacionales Consulares y Cooperación. Cumplido, archívese.
IBARRA – Fernández