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Servicios Salud y Asistencia Social para el Personal de la Legislatura. Designaciones. Ampliación plazo

Numero: 44
Fecha: 1998
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 16 de julio de 1998

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- AMPLÍASE el plazo, previsto en la Ley Nº 9/98 de esta Legislatura, para la designación, por parte del Consejo de Administración, del Director Ejecutivo del Servicio de Salud y Asistencia Social, hasta la sanción y aprobación por este cuerpo del Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social para el personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º.- AMPLÍASE a nueve miembros los integrantes del Consejo de Administración del Servicio de Salud y Asistencia Social de la Legislatura, de los cuales siete son nominados por la Vicepresidencia 1ra. a propuesta de los jefes de los bloques políticos, y los dos restantes elegidos por los beneficiarios titulares tal como establece la ley 9/98.

Artículo 3º.- Comuníquese, etcétera.

CLÁUSULA TRANSITORIA

CLAUSULA PRIMERA: PRORRÓGASE la Resolución N° 6/998 sancionada por este cuerpo ampliándose la vigencia de la Comisión Provisoria de Salud y Asistencia Social y sus atribuciones, hasta tanto se sancione el Reglamento del Servicio de Salud y Asistencia Social para el personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ENRIQUE OLIVERA
MIGUEL ORLANDO GRILLO

Nota: La presente Ley fue derogada por el Art. 21º de la Ley Nº 930 BOCBA Nº 1590, del 16/12/2002)

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