Sensores de Fuga de Gas. Frigaríficos y fabricación de hielo. Instalación

Numero: 172
Fecha: 1999
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 25 de marzo de 1999

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Todo establecimiento frigorífico y de fabricación de hielo que utilice gas amoníaco deberá contar con la instalación de sensores a fin de detectar fugas de gas

Artículo 2º – La instalación de sensores estará a cargo del propietario del establecimiento, debiendo poseer cada sensor una señal luminosa y sonora que se activará al detectar la pérdida.

Artículo 3º – Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 172

Sanción: 25/03/99

Promulgación: Decreto N° 863 del 29/04/99

Publicación: BOCBA N° 692 del 12/05/99