LEY N° 3.091
Sanción: 02/07/2009
Promulgación: De Hecho del 03/08/2009
Publicación: BOCBA N° 3277 del 13/10/2009
Buenos Aires, 02 de julio de 2009.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.– Institúyase la Semana de Prevención del embarazo adolescente no planificado y el 26 de Septiembre de cada año como “Día de la Prevención del embarazo adolescente no planificado” en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.– En la semana del 26 de septiembre se llevarán a cabo una serie de actividades preventivo-educativas, sobre el embarazo adolescente no planificado.
Artículo 3º.– La campaña preventiva-educativa, deberá ser de llegada masiva para poder cumplir con el objetivo final que es educar y prevenir a la población sobre esta temática. Para ello la autoridad de aplicación deberá implementar las medidas conducentes a cumplir con este objetivo.
Artículo 4º.– La campaña preventiva-educativa se ejecutará mediante acciones de difusión y distribución de folleteria en la vía pública, centros asistenciales públicos, centros de salud, escuelas, universidades, defensorías zonales dependientes del Consejo de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes.
Artículo 5º.–La campaña integral sobre la concientización del embarazo adolescente no planificado será implementada por el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 6º.– Los gastos que demande el presente se imputarán a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 7º.– Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ