Buenos Aires, 04 de octubre de 2010
VISTO:
La Ley N° 2693, la Res. CM N° 405/2007 y sus modificatorias, la Res. CM N° 809/2008 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Res. CM N° 405/2007 se aprobó la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la referida estructura fue modificada por diversas resoluciones, con cambios de denominaciones de cargos, creación de áreas o transferencia de oficinas al área jurisdiccional.
Que a su vez, la Ley N° 2.693 modificó el Art. 18 de la Ley N° 31 y estableció la nueva denominación de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, la que pasó a llamarse Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial.
Que en consecuencia corresponde ubicar estructuralmente al Centro de Planificación Estratégica y a la Dirección de Política Judicial bajo la órbita de la Comisión referida.
Que con motivo de tantos cambios se torna una tarea dificultosa establecer cuál es la estructura orgánica vigente del Consejo de la Magistratura.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar un texto ordenado, corregido y actualizado de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Res. CM N° 405/2007.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y sus modificatorias.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Aprobar el texto ordenado, corregido y actualizado de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Res. CM N° 405/2007, que como Anexo A forma parte de la presente.
Art. 2°: Regístrese, publíquese en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las dependencias, a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a los Sres. Titulares del Ministerio Público y, oportunamente, archívese. López Vergara – Moya
VER ANEXOS PUBLICADO EN BOCBA 3529 DEL 21/10/2010