Reglamento único de la Secretaría Judicial y de la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones.

Numero: 760
Fecha: 2005
Clase: Resolución CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

RESOLUCIÓN N° 760 – CMCABA
Aprueba el reglamento único de la Secretaría Judicial y de la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2005.

Visto la Actuación CM N° 13.174/05, la Resolución CM N° 11/05, la Resolución CM N° 382/05 y el art. 120 de la Ley N° 1.472, y
CONSIDERANDO:
Que se ha encomendado a la Secretaría Judicial y a la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones la presentación de un proyecto de reglamento único para el funcionamiento de ambas dependencias;
Que de conformidad con las previsiones de las Leyes Nros. 1.472, 1.330 y 451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en particular, el art. 120 del nuevo Código Contravencional, la Secretaría Judicial de Coordinación y Ejecución de Sanciones tendrá a su cargo el seguimiento de las reglas de conducta y sanciones que los jueces impartan, excepto, las de multas y arrestos;
Que tendrá como finalidad procurar ubicar socialmente al ciudadano impuesto y ayudarlo en la remoción de factores que pudieren gravitar en la comisión de infracciones y hechos delictivos;
Que a los efectos de procurar su eficaz funcionamiento, y tomando en cuenta que la Secretaría de Ejecución recibirá en promedio mil causas mensuales, resulta indispensable contar con un reglamento;
Que, por su parte, la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones tendrá a su cargo lo relativo a la implementación y seguimiento del sistema de control y asistencia del cumplimiento de la pena y de las reglas de conducta que se imponen de conformidad con lo establecido en el art. 27 bis del Código Penal de la Nación;
Que para llevar a cabo dicha tarea será necesario proyectar y proponer la firma de convenios con organismos públicos y privados en los que se puedan cumplir las penas o condiciones impuestas por lo señores/as jueces contravencionales y de faltas;
Que en tal sentido resulta necesario dotar de un reglamento a la oficina común creada en el ámbito de este consejo y delimitar sus funciones;
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° – Aprobar el reglamento único de la Secretaría Judicial y de la Oficina Común de Coordinación y Seguimiento de Ejecución de Sanciones que obra en Anexo I.
Artículo 2° – Regístrese, publíquese en el sitio de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cúmplase y, oportunamente, archívese. Rosenfeld (en uso de licencia) – Iráizoz – Cavaliere – Castorino – De Stefano – May Zubiría – Garavano (en uso de licencia)

ANEXO I (Ver BOCABA Nº 2318 del 15-11-2005)

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