VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 226/13 y 185/15, y el Expediente N° 2015- 18403115- DGPLC
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios N° 4.013 se creó el Ministerio de Modernización, correspondiendo dentro de sus competencias el diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el diseño e implementación de la carrera administrativa
Que en tal sentido, se dictó el Decreto N° 226/GCBA/13 y modificatorios, estableciendo las responsabilidades primarias de las Unidades de Organización dependientes del Ministerio de Modernización
Que por Decreto N° 185/15 se encomendó al Ministerio de Modernización efectuar la convocatoria de un proceso de selección entre las personas con discapacidad inscriptas en el Registro Único Laboral de Aspirantes con Discapacidad, dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la cobertura de doscientos (200) puestos en la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que, asimismo, se encomendó al Ministerio de Modernización el dictado de las normas aclaratorias, interpretativas, operativas y complementarias a los efectos de la implementación del mentado proceso
Que el Decreto referido establece que la Dirección General Planeamiento de Carreras será la encargada de diseñar y supervisar los procesos de concursos del personal comprendido en la Carrera Administrativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 185/15
Artículo 1°.- Apruébase el reglamento que regirá el Proceso de Selección entre las personas con discapacidad inscriptas en el Registro Único Laboral de Aspirantes con Discapacidad, dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, para la cobertura de doscientos (200) puestos en la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I (IF-2015-18923894-DGPLC) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Apruébase el Formulario de Inscripción que oportunamente deberán presentar los aspirantes que como Anexo II (IF-2015-18923732-DGPLC) integra la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, al Ministerio de Desarrollo Económico, al Ministerio de Hacienda, a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad y a la Dirección General Planeamiento de Carreras del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese.
Ibarra