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Registro Nacional de Armas (RENAR) y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego. Convenio

Numero: 2816
Fecha: 2008
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 14 de agostode 2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Colaboración suscripto el día 2 de octubre de 2007 entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en dicho acto por el señor Ministro de Gobierno, Lic. Diego P. Gorgal, y el Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, representado por el Dr. Andrés Matías Meiszner en su carácter de Director Nacional, y registrado bajo el N° 4201 de la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 11/04/08, cuya copia autenticada se adjunta como Anexo, y como tal forma parte integrante de la presente ley.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.816

Sanción: 14/08/2008

Promulgación: De Hecho del 17/09/2008

Publicación: BOCBA N° 3020 del 23/09/2008

El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA Nº 3020 del 23/09/2008.

Descriptores

  • Derechos
    • Seguridad
      • Armas de fuego (Seg)
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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