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Reforma Tributaria. Comisión.

Numero: 542
Fecha: 2000
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2000

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Créase la Comisión para la Reforma Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires, que tendrá por finalidad elaborar una propuesta para los nuevos Códigos Tributario y Fiscal. La misma estará integrada por cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo, designados por el Jefe de Gobierno, de los cuales tres (3) tendrán rango de Secretarios, y por trece (13) diputados propuestos por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, que se integrarán en forma proporcional a la actual representación legislativa y serán designados por la Presidencia del Cuerpo a propuesta de los distintos bloques.(Conforme texto art. 1º de la Ley Nº 737, BOCBA Nº 1370 del 30/01/2002)

Artículo 2°.- Las propuestas que resulten del consenso de esta comisión no podrán implicar disminución del actual nivel de recaudación de la Ciudad.

Artículo 3º.- La Comisión que se crea en el artículo 1° tendrá carácter «ad hoc» y deberá elevar la propuesta pertinente a la Legislatura de la Ciudad.(Conforme texto art. 2º de la Ley Nº 737, BOCBA Nº 1370 del 30/01/2002)

Artículo 4º.- Los miembros de la Comisión desempeñarán su tarea específica «ad honorem».

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

JORGE ENRIQUEZ

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 542

Sanción: 28/12/2000

Promulgación: Decreto N° 25 del 11/01/2001

Publicación: BOCBA N° 1114 del 19/01/2001

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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