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Rafael Hernández. Sentido único de circulación

Numero: 797
Fecha: 2002
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 02 de julio de 2002

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Inclúyese en las disposiciones del Decreto Ordenanza Nº 10.407/47 (B.M. Nº 8.174), texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria en la forma en que se indica:

RAFAEL HERNÁNDEZ, desde Av. Del Libertador hasta Almirante Daniel de Solier, de O a E.

Artículo 2º.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 797

Sanción: 02/07/2002

Promulgación: Decreto Nº 814 del 29/07/2002

Publicación: BOCBA N° 1496 del 02/08/2002

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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