Proyecto. Enfermedad de chagas. Poder Ejecutivo sobre cumplimiento Ley CABA 1890

Numero: 668
Fecha: 2014
Clase: Resolución CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos: 9842
Fuero:
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad, que a través de los organismos correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 4) del articulo 83º y en el inciso 4) del artículo 105º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informe sobre los siguientes puntos referidos a la ley 1890 de la Ciudad Autónoma de Buenos, Estrategias Sanitarias Enfermedad de Chagas:

a.- Acciones desarrolladas destinadas a hacer conocer las condiciones de transmisión de la patología y los métodos de prevención de la misma.

b.- Políticas desarrolladas de capacitación en servicio del recurso humano necesario y/o disponible en el subsector estatal del sistema de salud

c.- Afectación de recursos materiales que se han destinado para la ejecución del programa.

d.- Acciones desarrolladas a fin de garantizar la asignación adecuada y oportuna de reactivos y medicamentos esenciales.

e.- Acciones y planes implementados con el fin de fomentar actividades de investigación científica vinculadas a la patología.

f.- Cantidad de créditos especiales otorgados para la remodelación o construcción de viviendas conforme a las especificaciones técnicas que establece la Autoridad Nacional desde la aprobación de la Ley.

Artículo 2° – Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS


Sra. Presidenta:

Motiva el presente proyecto, la necesidad de conocer las acciones que se llevaron a cabo a en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; desde la sanción de la Ley No 1890/05.

Como ocurre con una gran cantidad de patologías, y tal como se desprende de la ley, la detección precoz, la prevención y promoción de la salud, atención y asistencia integral del/la paciente chagásico/a, y la investigación científica vinculada a la enfermedad de Chagas-Mazza son elementales para disminuir la morbilidad y la mortalidad que ocasionan.

Las vinchucas pueden ser transportadas por los individuos portadores (humanos u otros mamíferos portadores) o sus pertenencias. Son insectos de localización domiciliaria y tienen hábitos de hematofagia nocturna, durante el día se ocultan en techos precarios, anfractuosidades de las paredes, detrás de muebles y cuadros, por lo tanto es difícil evidenciarlas. Constituye uno de los mayores problemas de salud en Sudamérica, afectando principalmente en nuestro país las provincias de Chaco, Santiago del Estero y San Juan, afectando en mayor medida las zonas rurales.

En los últimos años hubo aumento de la prevalencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un lado; debido al desplazamiento de individuos portadores desde su ciudad de origen hacia la gran urbe y por el otro; debido a la falta de higiene, que constituyen condiciones ideales para la vida del insecto.

Por lo anteriormente expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.


Diputada María Rosa Muiños