Proyecto. El Poder Ejecutivo, informará si mediaron actuaciones administrativas para autorizar la ocupación de la vía pública con instalaciones fijas. En la intersección de la avda. de Mayo y Perú, adyacentes a la Confitería London City

Numero: 868
Fecha: 2015
Clase: Resolución CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN



Artículo 1º – La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita a la secretaría de Planeamiento Urbano que informe si mediaron actuaciones administrativas para autorizar la ocupación de la vía pública, con instalaciones fijas, en la intersección de la Avenida de Mayo y Perú, adyacentes a la Confitería London City.


Artículo 2°- En caso afirmativo se solicita que se informe cuales fueron los organismos del Poder Ejecutivo intervinientes, y se envíe a la Legislatura copia de las actuaciones correspondientes.


Artículo 3°– En caso de no mediar autorización de autoridad competente, se solicita se arbitren las medidas necesarias para retirar los elementos instalados sin permiso y se haga cumplir la normativa para el APH 1.


FUNDAMENTOS


El Área de Protección Histórica donde se encuentra la Confitería London City es un distrito de alto significado patrimonial que comprende el casco histórico, como también el eje cívico institucional de la Avenida de Mayo que une a la Casa de Gobierno y la Plaza de Mayo con el Congreso.


En Av. De Mayo 599 se encuentra la tradicional Confitería London City, en la esquina de la calle Perú, que ha sido puesta en valor y es una pieza urbana de gran calidad arquitectónica y significado cultural e identitario. La Confitería está emplazada en la planta baja de un edificio con protección patrimonial y se inauguró en 1954. Desde entonces la visitan políticos, artistas y empleados que trabajan en el centro. En sus mesas, el escritor Julio Cortázar escribió su novela Los Premios que en la primera página dice «Era en el London de Perú y Avenida».


Por su parte, la normativa para el área identificada como APH 1 es estricta en cuanto a regular el uso de cartelería, publicidad, elementos salientes y uso del espacio adyacente a edificios catalogados, como en este caso, con el objeto de permitir apreciar los valores urbanísticos y arquitectónicos del inmueble. En este caso se trata de un inmueble con una protección patrimonial alta, pues es un edificio catalogado con Categoría Estructural, debido a los valores que presenta su composición arquitectónica, su volumetría de esquina, la calidad de proyecto y los elementos constructivos y ornamentales, como carpinterías, molduras y remate.


En este contexto, resulta sorprendente la aparición de elementos fijos de hierro y lona, que impiden la visualización completa del edificio para los peatones y turistas que transitan la zona, dado que uno de los mayores atractivos de la misma es, justamente, el alto valor patrimonial de la arquitectura, del espacio público y del entorno histórico cultural.

Diputada María Rosa Muiños