Proyecto. Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor. Información. Programas

Numero: 1831
Fecha: 2014
Clase: Resolución CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:



PROYECTO DE RESOLUCIÓN


Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al cumplimiento de los objetivos institucionales y operativos de los programas que dependen de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor – Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana


La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor deberá informar:


I – Cuántas denuncias fueron realizadas en el año 2013 y hasta la fecha en el «Registro de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal» entre propietarios y administradores.

II – Cuántas  verificaciones en comercios, conforme la Ley 22.802,  se realizaron en el año 2013 y hasta la fecha, y cuántos procedimientos de verificación y fiscalización por parte del Departamento de Pesas y Medidas respecto de los instrumentos de medición utilizados en los comercios de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a la Ley 19.511 de Metrología Legal, efectuando ensayos y controles que se consideren necesarios a los efectos de asegurar la calidad de los materiales, elementos y equipos, como así también, las obras que se realicen, contraten o recepcionen en la Ciudad de Buenos Aires o terceros que lo soliciten.

III – El  trabajo realizado en el área fuego del «Laboratorio de ensayo de materiales» y qué cantidad de inspecciones de matafuegos e instalaciones fijas en el año 2013 y hasta la fecha .

IV – Cuántas empresas se encuentran inscriptas en el «Registro Público de Entidades Prestatarias de Servicios de Medicina Prepaga», y qué medidas se tomaron a los efectos de la aplicación de la Leyes Nacionales de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

V – Informe la cantidad de denuncias recibidas por la Oficina de Atención al Turista/Consumidor desde el año 2013 hasta la fecha, y si se encuentra trabajando en la actualidad  personal bilingüe.

Asimismo, deberá especificar:


a – Qué resultados se obtuvieron respecto del «Programa de Buenas Prácticas Comerciales» consistente en la firma de acuerdos entre las cámaras empresarias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante lo cual las empresas establecen un compromiso de respetar los lineamientos establecidos por la normativa vigente de «Lealtad Comercial».

b – Si se han destinado recursos al dictado de seminarios de capacitación a empleados, empresarios y consumidores a fin de que los mismos conozcan en profundidad sus derechos y obligaciones, durante el período comprendido entre el año 2013 a la fecha. (Este programa representa un cambio en la estrategia del organismo: pasa a centrarse en la concientización de los derechos del consumidor y en el cumplimiento de la normativa vigente por parte de las empresas antes que en los aspectos punitivos).

c – En el marco del programa «Educación en el Consumo», informe si se han dictado Talleres destinados a docentes de las escuelas públicas y privadas de la ciudad durante el período 2013 a la fecha, indicando la cantidad de personal afectado al dictado de los talleres, y especificando las Comunas en las cuales se han implementado.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS


Señora Presidenta:


La Reforma de la Constitución Nacional del año 1994 otorgó a la Ciudad de Buenos Aires un régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción. Esto se transformó en el punto de partida desde el cual las fuerzas sociales comenzaron a trabajar en la búsqueda de consensos en los criterios políticos de los vecinos porteños para que los mismos se vieran plasmados en un único cuerpo legal fundacional. Así, en el año 1996, la Ciudad de Buenos Aires sancionó su Constitución. Y es precisamente en ese marco establecido por la Constitución porteña que se incorporó un título especial dedicado al régimen de las Comunas.


El esquema de la administración del gobierno forma parte de un proyecto inclusivo, democrático y que inserta una nueva forma de gestión y participación ciudadana. Así, por ejemplo, se pueden mencionar la definición que del instituto realiza (artículo 127), la asignación de competencias exclusivas y de competencias concurrentes (artículo 128), la forma conferida al órgano de gobierno (Artículo 130) y a su organismo consultivo (Artículo 131), en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.


Cabe destacar que la Ley Nº 4.013 establece como competencia de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, las cuestiones relativas a las Comunas, entre otras cosas, a saber:

  • Diseñar y ejecutar las acciones para el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 1.777.

  • Implementar el diseño e instrumentar las políticas que garanticen la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios.


Por todo lo expuesto, es menester de esta Legislatura solicitar información al Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor – Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, en relación al cumplimiento de sus objetivos institucionales y operativos de los programas que dependen de esos organismos a los efectos de evaluar el proceso de descentralización y el buen funcionamiento de las Comunas.


                                                                             Diputada María Rosa Muiños