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Promuévase al grado inmediato superior al Cabo Primero Rufino Ocampo

Numero: 20394
Fecha: 1973
Clase: Ley NAC
Tipo de Boletín: B.O.
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Ministerio de Defensa

 

Bs. As., 16/5/1973

 

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE:

 

La acción terrorista ha cobrado una nueva vida en la persona del señor Vicealmirante D. HERMES JOSE QUIJADA. Las circunstancias en que se produjo este crimen, han puesto de manifiesto que el Cabo Primero Servicios Matrícula de Revista 324587 RUFINO OCAMPO, conductor del automóvil en que viajaba el señor Almirante al ser atacado, reaccionó con una actitud plena de valentía y arrojo, tratando de repeler esa agresión y perseguir a su ejecutor.

 

El proceder de este integrante del Personal Subalterno de la Armada Argentina, trasunta las austeras y abnegadas virtudes cimentadas en los cuadros, que con temeridad y arrojo arriesgan sus vidas en defensa de los intereses permanentes de la Patria.

 

Esta acción merece el reconocimiento de las Fuerzas Armadas y de toda la ciudadanía por lo que interpretando esos sentimientos acompaño un proyecto de ley, ascendiendo al causante al grado inmediato superior.

 

Dios guarde a Vuestra Excelencia.-

 

Firmas

 

Bs. As., 16/5/1973

 

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

 

ARTICULO 1º — Promuévase al grado inmediato superior a partir de la fecha de vigencia de esta ley, al Cabo Primero Servicios Matrícula de Revista 324587 RUFINO OCAMPO (DM. 27- MI.5.672.728-OE.Corrientes).

 

ARTICULO 2º — Comuníquese, agréguese copia al legajo personal del causante y archívese en el Comando en Jefe de la Armada (Dirección General del Personal Naval).

 

Firmas

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