RESOLUCIÓN N° 698 – MDHySGC – 07
Publicada en el BOCBA N° 2739 del 03/08/2007.
Se establece que el «Programa de Atención a los Damnificados de la Tragedia Cromañón» se encuentra en la órbita de la D.G. de Asistencia a la Víctima
Buenos Aires, 26 de julio de 2007.
Visto el Decreto N° 2.120/06 (B.O.C.B.A. N° 2584) el Expediente N° 52.228/07, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha adoptado diversas medidas tendientes a paliar las consecuencias derivadas de la tragedia ocurrida el 30 de diciembre de 2004 en el local bailable República Cromañón;
Que en la premura frente a la emergencia y urgencia proveniente de la cercanía de los hechos se tomaron diversas medidas que tuvieron por objeto hacer frente a la situación de vulneravilidad en la que se encontraban los familiares de las víctimas fatales y los sobrevivientes de la tragedia;
Que superada la emergencia y con el objeto de colaborar en el proceso de recuperación integral de las personas afectadas, resultó oportuno implementar una política pública que abarcase los múltiples aspectos derivados de los hechos, considerando el bienestar de los familiares y sobrevivientes; su reinserción en actividades laborales, educativas y recreativas; la respuesta frente a casos de especial gravedad; el impulso de espacios de reflexión; el debate acerca de un política de memoria y la promoción de reformas institucionales y campañas educativas;
Que a tales fines se estimó pertinente implementar un relevamiento de datos que permitiese determinar cual era la situación actualizada de los destinatarios, tomando en consideración las necesidades diferenciadas de cada uno de ellos;
Que en concordancia con lo dicho, el decreto citado en el visto creó el Programa de Atención a los Damnificados de la Tragedia Cromañón, en el ámbito del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales;
Que en el artículo 2° del mencionado decreto se designó al titular del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales como autoridad de aplicación del mismo;
Que razones de operatividad han demostrado la conveniencia de que el citado programa se halle en la órbita de la Dirección General de Asistencia a la Víctima de la Subsecretaría de Derechos Humanos;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
EL MINISTRO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES
RESUELVE:
Artículo 1° – Establécese que el Programa de Atención a los Damnificados de la Tragedia Cromañón se encuentra en la órbita de la Dirección General de Asistencia a la Víctima.
Artículo 2° – Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Derechos Humanos y a la Dirección General de Asistencia a la Víctima. Cumplido, archívese. Abboud