Procedimiento de Faltas Especiales. Suspensión

Numero: 4128
Fecha: 2011
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Anexo
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Suspéndase por el plazo de ciento veinte (120) días la aplicación de la Ley 3956. Durante el plazo de suspensión rige la Ley 1217.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

MARÍA EUGENIA VIDAL

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.128

Sanción: 22/12/2011

Promulgación: De Hecho del 20/01/2012

Publicación: BOCBA N° 3850 del 08/02/2012