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Procedimiento de Faltas Especiales. Suspensión

Numero: 4128
Fecha: 2011
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Anexo
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Suspéndase por el plazo de ciento veinte (120) días la aplicación de la Ley 3956. Durante el plazo de suspensión rige la Ley 1217.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

MARÍA EUGENIA VIDAL

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.128

Sanción: 22/12/2011

Promulgación: De Hecho del 20/01/2012

Publicación: BOCBA N° 3850 del 08/02/2012

Descriptores

  • Derechos
    • Faltas
      • Procedimiento (Faltas)
    • Códigos
      • Procedimiento de Faltas
    • Administrativo
      • Procedimiento (Adm)
    • DLDC
      • Articulo81
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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