Buenos Aires, 14 de junio de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de ley
Artículo 1°.- Derógase la Ley Nº 3956 y la Ley Nº 4128.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.191
Sanción: 14/06/2012
Promulgación: De Hecho del 12/07/2012
Publicación: BOCBA N° 3966 del 03/08/2012