VISTO:
La Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 5.724, el Decreto N°
668/16, el Expediente N° 27.785.145/2016-MGEYA-DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece que
una vez aprobada la Ley de Presupuesto General, el Poder Ejecutivo decreta la
Distribución Administrativa del Presupuesto de Gastos y remite esta información a la
Legislatura;
Que, mediante la Ley N° 5.724, promulgada por el Decreto N° 668/16, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2017;
Que, el artículo 13 de la Ley N° 5.724 establece que el Poder Ejecutivo distribuirá los
créditos aprobados, al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores
presupuestarios, efectuando asimismo, la identificación de los Programas y las
Actividades que los componen;
Que, en tal sentido, resulta necesario efectuar la pertinente desagregación de los
créditos aprobados por la Ley N° 5.724;
Que, por otra parte, corresponde adecuar las Planillas 1 a 44, Anexas a la Ley de
Presupuesto General, a las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, mediante las Planillas Nros. 45 y 46 anexas a la citada
Ley N° 5.724 y el Decreto N° 668/16;
Que, de igual modo, deben adaptarse concordantemente las planillas
correspondientes al Plan Plurianual de Inversiones Públicas 2017-2019;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de las competencias
asignadas por el artículo 54 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo1°.- Adécuanse las planillas anexas a la Ley N° 5.724 a los importes
resultantes de las modificaciones introducidas por la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires mediante las Planillas Anexas 45 y 46, de conformidad con
el detalle que, como Anexo I (IF-2016-27925661-DGOGPP), forma parte integrante del
presente decreto.
Artículo 2°.- Adécuanse, de manera concordante, las planillas que integran el Plan
Plurianual de Inversiones Públicas 2017-2019, según el detalle que, como Anexo II (IF-
2016-27925659-DGOGPP), integra el presente decreto.
Artículo 3°.- Apruébase la distribución analítica del Presupuesto General de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio 2017, aprobado por Ley N° 5.724, según el detalle
obrante en el Anexo III (IF-2016-27926951-DGOGPP), que a todos sus efectos,
integra el presente decreto.
Artículo 4°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el
Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos, pase
a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección
General Contaduría. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA – Mura p/p