Presupuesto 2007. Normas anuales de ejecución y aplicación.

Numero: 58
Fecha: 2007
Clase: Decreto CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

DECRETO Nº 58/07

Publicado en BOCBA 2614 del 29/01/2007

                                                                     Buenos Aires, 11 de enero de 2007

Visto la Ley N° 2.180 (B. O. N° 2594), promulgada por el Decreto N° 2.219/06, mediante la cual se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2007 y el Expediente N° 1.007/07, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 33 de dicha ley, corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2007;

Que, de acuerdo con las disposiciones de la citada ley, el Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar ampliaciones y reestructuraciones del presupuesto, asi como para delegar algunas de dichas atribuciones a los fines de agilizar la gestión;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

                                                    EL JEFE DE GOBIERNO

                                DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

                                                            DECRETA:

Artículo 1° – Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2007, que como Anexo I, forman parte integrante del presente.

Artículo 2° – El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 3° – Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Cuidad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Dirección General de la Oficina de Inversión Pública y Planeamiento y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

El anexo del presente Decreto se encuentra publicado en el BOCBA 2614 del 29/01/2007.