Presupuesto 1997. Modificación.-4233

Numero: 143
Fecha: 1997
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
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Fuente:

DECRETO Nº 143/97

 

Publicado en el BOCBA 159 del 19/03/1997

                                                                Buenos Aires, 13 de febrero de 1997

Visto el Expediente N° 1.863-97, por el cual se propicia un ajuste M Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigor, y

CONSIDERANDO:

Que las modificaciones presupuestarias que se gestionan obedecen a la necesidad de contar con los créditos que permiten afrontar compromisos que no admiten postergación;

Que la aplicación de la citada norma legal permitirá un normal desarrollo en lo que concierne a la ejecución presupuestaría que durante el ejercicio en curso se llevará a cabo en las Unidades Ejecutoras afectadas;

Que los incrementos propuestos no implican un aumente del monto total de los créditos del presupuesto en vigor, dado que los mismos son compensados mediante la correlativa disminución de otras partidas del mismo;

Que por la causa precedentemente expuesta, la presente gestión se efectúa de conformidad con las facultades emanadas del artículo 13 de las Normas Permanentes de Ejecución del Presupuesto General de la Ciudad de Buenos Aires aprobadas por la Ordenanza N° 43.311 y sus modificatorias, y teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza N° 51.267;

Por ello, en uso de las facultades conferidas en el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

 

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA,

Artículo 1°- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme al detalle obrante en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.

Art. 2°- El presente decreto, será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 3°- Dése al Registro, publíquese en él Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Dirección General Contaduría General y a la Dirección de Recursos Humanos, cumplido, archívese por el término de cinco años.