Buenos Aires, 10 de diciembre de 2012
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley 622, referida a la prohibición de ingreso de ganado en pie a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo – Pérez
BOCBA N° 4075 del 16/01/2013