LEY N° 3.701
Sanción: 13/12/2010
Promulgación: De Hecho del 17/01/2011
Publicación: BOCBA N° 3600 del 07/02/20
Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Deróngase las Leyes 1057 y 2165.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ