LEY N° 3.838
Sanción: 16/06/2011
Promulgación: Decreto Nº 402/011 del 13/07/2011
Publicación: BOCBA N° 3710 del 21/07/2011
Buenos Aires, 16 de junio de 2011.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declarase Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos de la Ley 1.227, Art. 4°, inciso «e», al Lago del Parque General Paz sito en la intersección de las avenidas Crisólogo Larralde y General Paz del barrio de Saavedra.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo señalizará con carcelería ilustrativa sobre la actividad biológica que se desarrolle en la laguna.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ