Buenos Aires, 18 de noviembre de 2010
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase el 8 de abril de cada año como Día del Patrimonio Arquitectónico y Paisajístico de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo organizará durante la semana correspondiente, actividades para difundir el conocimiento del mismo y promover la importancia de su preservación.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
OSCAR MOSCARIELLO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.628
Sanción: 18/11/2010
Promulgación: De Hecho del 16/12/2010
Publicación: BOCBA N° 3575 del 03/01/2011