Buenos Aires, 01 de junio de 2000
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.– Denomínase «Diputado Nacional Carlos Bello» al Paseo Peatonal Costero emplazado entre la Avda. Pedro de Mendoza y el Riachuelo en el tramo comprendido entre el acceso al puente Nicolás Avellaneda y la prolongación virtual del eje de la calle Rocha.
Artículo 2º.– Comuníquese, etc
GUILLERMO OLIVERI
RUBÉN GÉ
LEY N° 399
Sanción: 01/06/2000
Promulgación: Decreto N° 944 del 30/06/2000
Publicación: BOCBA N° 983 del 13/07/2000