RESOLUCIÓN N° 50 – EURSP/08
Publicada en el BOCBA N° 2920 del 30/04/2008.
Derógase la Resolución N° 104-EURSPCABA/04. Se aprueban notas aclaratorias para la implementación de la Ley N° 2.095
Buenos Aires, 22 de abril de 2008.
Visto el art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 408/07, el Expediente N° 121-EURSPCABA/08, y
CONSIDERANDO:
Que, el art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 2.095 en su art. 2°, inc a), la misma resulta de aplicación para las compras y contrataciones que celebra el organismo;
Que, la norma precitada y su Decreto Reglamentario N° 408/07 se encuentran vigentes a partir del 1° de mayo de 2007 para todas las contrataciones que se dispongan a partir de la fecha mencionada;
Que, en función de la entrada en vigor de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 408/07, el Reglamento para la Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 104-EURSPCABA/04 (B.O. N° 2096 del 27/12/04) ha devenido nulo;
Que, la Secretaría Legal, a través del Dictamen N° 55-SL/08, recomendó la redacción de notas aclaratorias para la efectiva implementación de la Ley N° 2.095 y su decreto reglamentario con su pertinente fundamentación;
Que, el Directorio a través del Acta N° 300 del 31 de enero de 2008, hizo suyo el dictamen legal;
Que, la Gerencia General, a fs. 21 propuso las notas aclaratorias para la implementación de la Ley N° 2.095;
Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
EL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° – Deróguese la Resolución N° 104-EURSPCABA/04.
Artículo 2° – Apruébense las «Notas Aclaratorias para la Implementación de la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 408/07» que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 3° – Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a todas las Gerencias y Secretarías. Cumplido, archívese.
Anexos publicados en el BOCBA N° 2920 del 30/04/2008.