Buenos Aires, 21 de agosto de 2008
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración Cultural, suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y la Municipalidad de Bolívar de la Provincia de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Intendente, Juan Carlos Simón, con fecha 10 de abril de 2008, registrado bajo el N° 10/2008, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.– Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 2.836
Sanción: 21/08/2008
Promulgación: Decreto N° 1.104 del 16/09/2008
Publicación: BOCBA N° 3017 del 18/09/2008
ANEXO PUBLICADO EN BOCBA Nº 3017 DEL 18/09/2008