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Monumento «Ana Frank». Puente de la Mujer. Donación. Emplazamiento

Numero: 5247
Fecha: 2015
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 19 de marzo de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Aceptase la donación de un monumento a Ana Frank efectuada por la Embajada del Reino de los Países Bajos.

Articulo 2°.- Emplázase el monumento mencionado en el Articulo 1° en el espacio verde ubicado a continuación de la intersección del Puente de la Mujer y la calle Pierina Dealessi y circunscripto por las arterias Olga Cossetini, la proyección de la calle Carola Lorenzini y Pierina Dealessi según lo señalizado en el plano Anexo que forma parte de la presente.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

Ritondo – Pérez

LEY Nº 5247

Sanción: 19/03/2015

Promulgado de hecho el 07/05/2015

Publicado en BOCBA 4635 del 12/05/2015

Anexo publicado en BOCBA 4635 del 12/05/2015

Descriptores

  • Derechos
    • Protección Patrimonio Cultural
      • Monumentos (PPC)
      • Espacio Público (PPC)
    • Cultura y Patrimonio
      • Monumentos y sitios históricos
    • DLDC
      • Anexo1
  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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