Buenos Aires, 11 de noviembre de 1999
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Apruébase el Acta Compromiso y el Acta Acuerdo celebrados entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, las que como Anexo I y Anexo II se acompañan y a todos los efectos forman parte de la presente ley, mediante las cuales la Autoridad Nacional aportará fondos en carácter de donación, para desarrollar en el ámbito de los Hospitales dependientes de esta Jurisdicción, y sus Areas Programáticas (Centros de Salud), el proyecto de control de SIDA y ETS – LUSIDA, contribución económica resultante del convenio de préstamo No. 4168- AR de asistencia al sector, aprobado por Decreto de Creación No. 961-PEN-97, otorgado al Gobierno Nacional por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.-
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN CARAM
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 271
Sanción: 11/11/1999
Promulgación: Decreto N° 2.336 del 16/12/1999
Publicación: BOCBA N° 848 del 29/12/1999
ANEXO NO PUBLICADO