Buenos Aires, 23 de abril de 2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.– Apruébase el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, representado en dicho acto por la señora Ministra de Salud, Dra. Cristina Uria y el Instituto Provincial del Seguro de Salud de la Provincia de Río Negro, representado en dicho acto por el Dr. Alcides Pinazo, suscripto con fecha 17 de octubre de 2008 y registrado como Convenio N° 60/08, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.– Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.047
Sanción: 23/04/2009
Promulgación: De Hecho del 20/05/2009
Publicación: BOCBA N° 3323 del 17/12/2009
ANEXO NO PUBLICADO