Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro y el Instituto Provincial del Seguro de Salud y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Creación de Lazos recíprocos de colaboración de Salud. Convenio

Numero: 3047
Fecha: 2009
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 23 de abril de 2009

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.– Apruébase el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, representado en dicho acto por la señora Ministra de Salud, Dra. Cristina Uria y el Instituto Provincial del Seguro de Salud de la Provincia de Río Negro, representado en dicho acto por el Dr. Alcides Pinazo, suscripto con fecha 17 de octubre de 2008 y registrado como Convenio N° 60/08, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.– Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.047

Sanción: 23/04/2009

Promulgación: De Hecho del 20/05/2009

Publicación: BOCBA N° 3323 del 17/12/2009

ANEXO NO PUBLICADO