Buenos Aires, 26 de junio de 2008
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el Acta de Entendimiento Marco «Plan General de Conectividad Vial del Área Metropolitana con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fecha 22 de agosto de 2006 y registrada como Convenio n° 43/07, cuya copia certificada forma parte de la presente ley como Anexo I.
Artículo 2°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Complementaria del Acta de Entendimiento Marco aprobada en el Artículo 1°, celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Municipalidad de Avellaneda y la Municipalidad de Lomas de Zamora con fecha 22 de agosto de 2006 y registrada como Convenio n° 35/06, cuya copia certificada forma parte de la presente ley como Anexo II.
Artículo 3°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Construcción Nuevo Puente La Noria», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Lomas de Zamora, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio n° 36/06 cuya copia certificada forma parte de la presente ley como Anexo III.
Artículo 4°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Reparación Integral, Iluminación y Pintura del Puente Victorino de la Plaza», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio n° 37/06, cuya copia certificada forma parte de la presente ley como Anexo IV.
Artículo 5°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Reparación del Puente Bosch», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio n° 38/06, cuya copia certificada forma parte de la presente ley como Anexo V.
Artículo 6°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Construcción del Puente Roca Patricios», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio N° 39/06, cuya copia certificada forma parte de la presente como Anexo VI.
Artículo 7°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Reparación del Antiguo Puente Pueyrredón», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio N° 40/06, cuya copia certificada forma parte de la presente como Anexo VII.
Artículo 8°.– Apruébase el Acta de Entendimiento Particular «Desarrollo del Camino de la Ribera», celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, en fecha 22 de agosto de 2006, registrada como Convenio n° 41/06, cuya copia certificada forma parte de la presente como Anexo VIII.
Artículo 9°.– Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 2.775
Sanción: 26/06/2008
Promulgación: Decreto N° 901 del 23/07/2008
Publicación: BOCBA N° 2984 del 01/08/2008
Anexo
Entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con domicilio en Hipólito Yrigoyen N° 250 piso de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el Señor Ministro Arq., Julio Miguel De Vido, en adelanto ‘EL MINISTERIO» Y el GOBIERNO de LA CIUDAD AUTONOMA. DE BUENOS AIRES con domicilio en Avda. de Mayo N° 525, representada en este acto por el Senor Jefe de Gobierno Lic. Jorge TELERMAN, en adelante «LA CIUDAD», celebran la presente Acta de entendimiento Marco sujeto a las siguientes Cláusulas:
PRIMERA: ‘EL MINISTERIO» Y «LA CIUDAD’, declaran que es Interés de las partes el desarrollo del proyecto y la construcción de las obras del «PLAN GENERAL DE CONECTIVIDAD VIAL DEL AREA METROPOLITANA CON LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES’, en adelante «EL PLAN», en el marco del ‘PROGRAMA BICENTENARIO 2010″.-
SEGUNDA : En cumplimiento de dicho objetivo las partes se comprometen a gestionar el Financiamiento e impulsar la realización de los proyectos y las obras necesarias para concretar los accesos, conexiones, redes Viales, y obras complementarias en ‘LA CIUDAD» Y los MUNICIPIOS DEL AREA METROPOLITANA COLINDANTE, en adelante «LOS MUNICIPIOS’.-
TERCERO: ‘EL MINISTERIO» Y ‘LA CIUDAD’, suscribirá Actas de Enlendimiento Complementarias entre las partes y en los casos que corresponda, con «LOS MU NICIPIOS», a los fines de definir las obras y los organismos intervinientes por. cada una de las partes que desarrollaran las acciones, necesarias para la reaiización de ‘EL PLAN’.-
CUARTA: La presente Acta de Entendimiento Marco culminará una vez cumplimentados los objetivos en las cláusulas anteriores.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Buenos Aires a los 22 dias del mes de Agosto de 2006.-