Buenos Aires 15 de mayo de 2008
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Prorrógase el plazo otorgado a la Mesa de Planeamiento Participativo creada por Ley N° 403 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 984 del 14/7/00 prorrogada por Ley N° 1.250, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1859 del 16/1/04, por Ley N° 1.639 publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2156 del 28/3/05 y por Ley N° 1811, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2328 del 20/11/05, hasta el 31 de diciembre de 2009.
Artículo 2°.– Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 2.704
Sanción: 15/05/2008
Promulgación: De Hecho del 10/06/2008
Publicación: BOCBA N° 2954 del 19/06/2008