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Iglesia de San Ignacio. Subsidio

Numero: 1214
Fecha: 2003
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires 27 de noviembre de 2003

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo del Ciudad Autónoma de Buenos Aires arbitrará la entrega de la suma de $ 50.000.- (Pesos cincuenta mil) para ser afectado a la reparación de la Iglesia San Ignacio, sita en la calle Bolívar, de esta ciudad, dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días de sancionada la presente ley.

Artículo 2º.- La Iglesia San Ignacio deberá acreditar la inversión de los fondos entregados por el art1º, conforme artículo 17 de la Ordenanza 23.767, modificado por Ordenanza nro. 45.989 (BM 19.455)

Artículo 3º.- La Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma arbitrará las medidas presupuestarias necesarias a los fines de cumplimentar lo ordenado por el artículo 1º.

Artículo 4º.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN CARAM

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 1.214

Sanción: 27/11/2003

Promulgación: Decreto Nº 2775 del 23/12/2003

Publicación: BOCBA N° 1849 del 02/01/2004

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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