a) FOT máximo 3,5
b) El área edificable cumplirá con los siguientes parámetros – Línea Interna de Basamento = Ubicada a 37,20 m. desde la Línea Municipal de la calle Montañeses y a 37,80 m. desde la Línea Municipal de la calle Olazábal. – Línea de Frente Interno = Ubicada a 30,20 m. desde la Línea Municipal de la calle Montañeses y a 32,80 m. desde Línea Municipal de la calle Olazábal.
c) La relación R entre la altura del edificio y la distancia al eje de la calle será R = 3.1
d) La relación R2 entre la altura de los parámetros laterales y la distancia d2 a los ejes divisorios laterales será R2 = 6.6
e) La relación R1 entre las líneas de Frente Interno de la manzana será R1 = 1,1
f) Se admite la construcción de conectores que vinculen el edificio existente de la parcela 6 y su ampliación a ubicarse en la parcela 5 en los niveles correspondientes al primer piso (nivel + 7,59 m.) Cuarto piso (nivel + 17,48 m.) y sexto piso (nivel + 24,09 m.), cada uno con una superficie aproximada de 35 m2.
g) Serán de aplicación las restantes normas urbanísticas vigentes al momento de la aprobación inicial de esta Ley.