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Expropiación. Utilidad pública. Escuela Nº 18 D. E. 17

Numero: 304
Fecha: 1999
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

 

Buenos Aires 25 de noviembre de 1999

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble sito en el Pasaje Julio Dantas 3260, entre las calles Campana y Cuenca, cuya denominación catastral es Circunscripción 14, Sección 79, Manzana 144, Parcela 5.

Artículo 2º: El predio antes mencionado será destinado a la Secretaría de Educación y otorgado a la Escuela Nº18, D.E. 17, «Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Islas del Atlántico Sur y Antártida Argentina».

Artículo 3º:La determinación del precio del inmueble se hará de acuerdo a la tasación que efectúe el Banco Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 5º: Comuníquese, etc.

ANIBAL IBARRA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 304

Sanción: 25/11/99

Promulgación: De Hecho del 05/01/2000

Publicación: BOCBA N° 860 del 17/01/2000

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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