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Estacionamiento. Tarifas. Modificación

Numero: 1974
Fecha: 2006
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín: B.O. CABA
Tipo de Entrada: Derecho
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 18 de mayo de 2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Incorpórase a la Ley N° 1.752 (B.O.C.B.A. N° 2275), el artículo 7° bis con el siguiente texto:

«Art. 7° bis.- En todos los locales dedicados al estacionamiento, a que se refiere esta ley, deberá exhibirse, en lugar bien visible por el cliente, al momento de efectuar el pago, el texto íntegro de la presente Ley. El articulado de la ley deberá estar precedido por el siguiente texto:
«Sr. cliente, conozca sus derechos – Ley N° 1.752 (B.O.C.B.A. N° 2275) – Tarifas de Estacionamiento».
Los artículos 3° y 5° de la ley deberán ser resaltados claramente.»

Artículo 2°.- Incorpórase a la Ley N° 1.752 (B.O.C.B.A. N° 2275) como Cláusula Transitoria Segunda, el siguiente texto:

«Cláusula Transitoria Segunda: Los prestadores de servicios de estacionamiento, deben cumplir con lo dispuesto en el artículo 7° bis, dentro de los treinta (30) días de su entrada en vigencia.»

Artículo 3°.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

ALICIA BELLO

LEY N° 1.974

Sanción: 18/05/2006

Promulgación: Decreto Nº 756 del 23/06/2006

Publicación: BOCBA N° 2467 del 27/06/2006

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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