Buenos Aires 05 de abril de 2001
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denomínase «Paseo de los Ombúes» al espacio verde delimitado por Avda. de los Ombúes, entre Avda. Presidente José Figueroa Alcorta y Avda. Leopoldo Lugones.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
MARÍA CECILIA FELGUERAS.
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 569
Sanción: 05/04/2001
Promulgación: Decreto Nº 533 del 26/04/2001
Publicación: BOCBA N° 1186 del 07/05/2001