Buenos Aires, 14 de diciembre de 1998
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Autorízase a la Escuela Nº 18, D.E. Nº 9 a modificar el destino de ochocientos pesos ($800) sobrantes de los recibidos en concepto de Subsidio de Transporte Escolar para natación correspondiente al año 1998, con el fin de ser destinados al pago del transporte contratado para el cumplimiento de la segunda etapa del Proyecto Institucional «Campamento».
Artículo 2º.- La autorización conferida por el artículo precedente no implica la aprobación de la rendición de cuentas que corresponda, la que deberá seguir el trámite ordinario en la dependencia respectiva del Poder Ejecutivo.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 131
Sanción: 14/12/1998
Promulgación: De Hecho del 18/01/1999
Publicación: BOCBA N° 620 del 28/01/1999