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Errata de la Ley Nº 4.120

Numero: 4231
Fecha: 2012
Clase: Ley CABA
Tipo de Boletín:
Tipo de Entrada: Anexo
Anexos:
Fuero:
Fuente:

Buenos Aires, 05 de julio de 2012

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Corrígese la errata de la Ley 4120, publicada en el B.O.C.B.A. N° 3856 del 16/02/2012, en su artículo 7º conforme lo siguiente:

Donde dice: «18. Valorización: cualquier operación tendiente a que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales en la producción, la economía, los servicios y la generación de energía.»

Debe decir: «18. Valorización: cualquier operación tendiente a que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales en la producción, la economía y los servicios.»

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.231

Sanción: 05/07/2012

Promulgación: De Hecho del 02/08/2012

Publicación: BOCBA N° 3971 del 10/08/2012

Descriptores

  • 0800-999-3722 
  • ciudadyderechos@defensoria.org.ar
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